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Contra el Olvido, la Memoria

La Dilación de Justicia y el Caso Acteal

 

 

 

Hace más de 7 años que ocurrieron los dramáticos hechos del 22 de diciembre de 1997 en la comunidad de Acteal del Municipio de Chenalhó. Aquella masacre[1] en que 45 indígenas tsotsiles, mas 4 niños aún no nacidos, pertenecientes a la Organización Civil “Las Abejas”, perdieron la vida a manos de un grupo paramilitar mientras oraban en la ermita de ese lugar.

 

Esta brutal matanza se inscribió en un contexto de guerra, en el que las acciones paramilitares fueron parte clave de la estrategia contrainsurgente implementada por el Gobierno Mexicano. La población civil, al ser la más vulnerable, resultó seriamente afectada por esta Guerra de Baja Intensidad caracterizada por el terror, la violencia y la sistemática violación a los derechos humanos.

 

Las amenazas, robos, homicidios, desapariciones, despojos, secuestros, intimidaciones, entre otros, provocaron el desplazamiento forzado de miles de familias que huyeron de dichas agresiones. Acteal se convirtió en un campamento de desplazados: la mayoría de las 45 personas asesinadas aquel 22 de diciembre de 1997, habían salido de sus comunidades de origen para refugiarse de la violencia cometida por priístas armados, sin imaginar que ahí encontrarían la muerte.

 

A partir de aquel 22 de diciembre, las víctimas y ofendidos de la matanza iniciaron un largo peregrinaje en búsqueda de Justicia dentro del sistema de procuración, administración e impartición de justicia del Estado Mexicano, que a la fecha no ha concluido.

 

Múltiples violaciones a los derechos humanos de las víctimas y ofendidos han sido cometidas por el Estado Mexicano; la dilación en la impartición de la Justicia y la Denegación de la misma, es evidente.

 

 

 

Las Fiscalías y Unidades Especializadas

 

La Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República en su artículo 123 segundo párrafo, señala como una de sus funciones la creación de Fiscalías Especiales para el conocimiento, atención y persecución de delitos específicos, así como la creación de Unidades para la investigación y persecución de diversos géneros de delitos.

 

Después de ocurrida la masacre, el Presidente de la República ordenó a la Procuraduría General de la República (en adelante PGR) ejercer su facultad de atracción para la investigación de la Masacre en Acteal y de hechos anteriores relacionados con la misma, por lo que el 1º de abril de 1998, el entonces Procurador General de la República Jorge Madrazo Cuéllar, instituyó mediante Acuerdo A/23/97 la Fiscalía Especial para la atención de los Delitos cometidos en el Municipio de Chenalhó, teniendo como fundamento jurídico la Ley Orgánica en mención.

 

La Fiscalía Especial atrajo 34 Averiguaciones Previas del fuero común relativas a diversos delitos cometidos por habitantes de Chenalhó para continuar con las investigaciones, sin embargo dicha Fiscalía no cumplió su encargo, ya que consideró concluida su labor al consignar a 86 personas a los Juzgados Federales, sujetándolas a proceso, y al obtener 17 sentencias condenatorias en primera instancia sin haberse determinado su firmeza judicial.

 

Es decir, no hubo un esclarecimiento real de las muertes de los 45 indígenas tsotsiles y 4 aún no nacidos, si atendemos a que el esclarecimiento de los hechos dentro de la indagatoria, no implicaba únicamente la consignación ante un órgano jurisdiccional de los autores materiales del ilícito, limitando la participación de los autores intelectuales al presidente Municipal de Chenalhó.

 

Sino por el contrario, una investigación con justicia y verdad, obligaba a la PGR a incluir a los funcionarios estatales y federales, incluyendo al Ejército Mexicano y a miembros del Partido Revolucionario Institucional que planearon la Masacre, entrenaron y financiaron a los grupos priístas paramilitares.

 

Después de desaparecida la Fiscalía Especial en el año 2000, el seguimiento de los procedimientos penales y cumplimiento de los mandatos judiciales de la masacre de Acteal, quedó a cargo del Ministerio Público Federal titular del Área del Caso Acteal, área perteneciente a la Subdelegación de Procedimientos “A” Zona Centro y Norte, de la Delegación de la Procuraduría General de la República en el Estado de Chiapas. Hasta principios del año 2003 el Agente del Ministerio Público Federal encargado del Caso Acteal era el Licenciado José Luis Jiménez Quevedo, quien participó desde un inicio como agente investigador del caso. Sin embargo, dada la falta de pago por su trabajo por parte de la PGR, según comentó el propio Lic. Jiménez Quevedo a miembros de este Centro, dicho Ministerio Público dejó su cargo como responsable del asunto.

 

Actualmente no hay un Ministerio Público titular del área encargado específicamente para el Caso Acteal, sino que la responsabilidad en el seguimiento de las causas penales aún abiertas en el Juzgado Segundo de Distrito, está a cargo del Ministerio Público Federal adscrito a dicho Juzgado Federal. Es decir, dicho Ministerio Público no sólo es responsable del Caso Acteal, sino que tiene bajo su responsabilidad cualquier cantidad de casos en su calidad de MP adscrito al Juzgado.

 

La desaparición de la Fiscalía, la disminución de sus funciones, de recursos humanos y económicos, así como la encomienda del seguimiento del caso a la Subdelegación de procedimientos “A” de la PGR, minimiza la atención de la Masacre por el Estado Mexicano, convalidando con ello la hipótesis de la Procuraduría en el sentido de confinar la Masacre de Acteal a un conflicto intercomunitario, denegando evidentemente el derecho a la justicia, es decir, el conocimiento de la verdad, un juicio justo, reparación del daño y garantías de no repetición.

 

La Unidad especializada para la atención de delitos cometidos por probables grupos civiles armados se creó el 17 de abril de 2000 mediante acuerdo número A/010/00 emitido también por el Procurador General de la República, como consecuencia de las diversas denuncias presentadas ante el representante ministerial de la federación a cargo de la Fiscalía Especial para la atención de los delitos cometidos en el estado de Chiapas. Las funciones de dicha Unidad consistieron en investigar, perseguir y consignar los delitos derivados de la existencia de probables grupos civiles armados, así como encontrar la procedencia y posesión de las armas con las que se cometieron dichos ilícitos, circunscribiendo su jurisdicción a la esfera estatal.

 

Sin embargo el 26 de Diciembre del 2002, el Procurador Rafael Macedo de la Concha ordenó sustituir por un nuevo órgano ministerial a la Unidad Especializada creando la Subdelegación del Ministerio Público Federal en San Cristóbal de las Casas, dependiente de la Delegación Estatal.

 

Desde su creación y vigencia no se conocen resultados públicos de sus investigaciones, en las que se establezcan responsabilidades a los grupos paramilitares que aún siguen armados en las comunidades pese a las denuncias que ha realizado la sociedad civil, dentro de ellas la organización social indígena “Las Abejas” y organismos de derechos humanos.

 

La Subdelegación del Ministerio Público Federal ha delegado funciones a la organización de “Las Abejas” respecto a realizar notificaciones de los denunciantes de hechos que se relacionan con disparos de armas de fuego, amenazas u otros, utilizando en forma reiterada el argumento que esta instancia no debe contribuir a generar conflictos en las comunidades.

 

El titular de dicha subdelegación que inició con las investigaciones y continúa en el encargo es el Lic. Armando Pérez Narváez, quien cuenta actualmente con 2 Agentes del Ministerio Público encargados de estas funciones y como responsable de las denuncias realizadas en la plaza.

 

La desaparición de la Unidad Especializada y la sustitución de ésta por una Subdelegación del Ministerio Público Federal en San Cristóbal de Las Casas, dependiente de la Delegación Estatal, minimizó la atención y persecución de las denuncias realizadas por las comunidades sobre la existencia de grupos paramilitares, así como de armas de grueso calibre de uso exclusivo del Ejército, negando el derecho a conocer la verdad y a la justicia.

 

 

 

El Derecho a la Justicia

 

La Convención Americana sobre Derechos Humanos firmada y ratificada por el Estado Mexicano, establece el derecho que tiene toda persona a ser oída con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter[2]; así como el derecho de toda persona a un recurso sencillo y rápido ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales[3].

 

Este derecho a la Justicia, entonces, no implica solamente la prontitud con que debe resolverse un juicio, sino el que éste sea eficaz, y a partir de él pueda obtenerse una sentencia justa que, entre otras cosas repare integralmente el daño causado. El cumplimiento de estos principios y de otros derechos elementales como el conocimiento de la verdad y el establecimiento de medidas que garanticen la no repetición de actos que violen los derechos humanos, es condición sin la cual no puede hablarse de la existencia de una verdadera Justicia.

 

Las víctimas de la masacre, lo mismo que los desplazados de la guerra, aún esperan el cabal cumplimiento de la Justicia conforme a los principios referidos:

 

El derecho a la verdad ha sido violado por el Estado Mexicano; las causas y los verdaderos responsables de este crimen de lesa humanidad, no han sido reconocidos por las autoridades, pues a pesar del procesamiento de los autores materiales de la masacre y de algunos funcionarios públicos, la investigación de la Fiscalía Especial para la atención de los delitos cometidos en el Municipio de Chenalhó en cuanto a la autoría intelectual, sólo se limitó al nivel local, evitando reconocer la existencia de grupos paramilitares, pues ello implicaría asumir la responsabilidad directa de los Gobiernos Estatal y Federal que fungían en ese período.

 

La Procuraduría General de la República tampoco investigó las muertes de los 4 niños no nacidos ocurridas en la Masacre, dado que dentro de las 45 personas ejecutadas el día 22 de diciembre de 1997, se encontraban 4 mujeres con hasta 36 semanas de embarazo. La Procuraduría General de la República ignoró el derecho a la vida violado a los no nacidos, ya que nunca consignó averiguación alguna por el delito de aborto que claramente se tipificaba.

 

A las mujeres embarazadas se les privó de su derecho a la vida y con ello, de su derecho a la maternidad; el daño causado al nuevo ser en formación, lesionó también el derecho a la paternidad y a la descendencia, situaciones igualmente soslayadas por la autoridad. La violencia con que los autores materiales cometieron la Masacre, particularmente en contra de las mujeres, se hace evidente en las necropsias realizadas a los 45 cadáveres[4].

 

De estos 45 cuerpos, 20 presentaron lesiones producidas por armas blancas corto contundentes, punzo cortantes, contuso cortantes, cortantes y contusas; 15 de los 20 correspondían al sexo femenino y 5 al masculino. 12 de estas muertes fueron a consecuencia de dichas lesiones, incluyendo en algunos casos machacamiento de cráneo, y uno de los cuatro cadáveres de las mujeres embarazadas, presentaba como causa de muerte la exposición de víscera abdominal al medio ambiente a través de herida corto contundente penetrante a cavidad abdominal.

 

A pesar de esta clara prueba, la Procuraduría General de la República aseguró en su informe “Libro Blanco sobre Acteal, Chiapas”, que ninguno de los cuatro cadáveres femeninos que presentaron embarazo tenían lesiones cortantes de origen traumático en la región del abdomen ni en los genitales[5]; y las penas fijadas a los paramilitares por los jueces, a pesar del ensañamiento con que cometieron este crimen, fueron mínimas.

 

La dilación de justicia es clara, pues por absurdo que parezca, a más de seis años de ocurridos los hechos, aún existen causas penales abiertas seguidas en contra de los paramilitares involucrados en la matanza; los juicios se han extendido excesivamente y sin causa justificada, implicando con ello el desgaste de los sobrevivientes y testigos que al día de hoy, continúan acudiendo a los Juzgados Federales a rendir nuevas declaraciones o a carearse con sus agresores. Incluso los gastos de traslado para la realización de dichas diligencias corren a cargo de los propios sobrevivientes.

 

La ineficacia en los juicios y la denegación de Justicia quedan evidenciadas ante el hecho de que en ninguna de las sentencias que han quedado firmes, se ha condenado al pago de la reparación del daño, a pesar de ser éste un derecho fundamental de las víctimas. Los jueces y en algunos casos los Magistrados, consideraron que no había lugar a dicha condena por no haber acreditado el agente del Ministerio Público el daño y los montos a reparar, a pesar de que la Jurisprudencia del máximo Tribunal Internacional del hemisferio señala que: la obligación de reparar que se regula en La Convención, en todos los aspectos (alcance, naturaleza, modalidades y determinación de los beneficiarios) por el derecho internacional, no puede ser modificada o incumplida por el Estado obligado, invocando para ello disposiciones de derecho interno[6].

 

La reparación, además de ser un medio para corregir y/o resarcir en la medida de lo posible los daños causados en el pasado, debe entenderse también como una medida que prevenga la comisión de violaciones a los derechos humanos. Por tal motivo, además de la indemnización monetaria que se debe otorgar a las víctimas de los sucesos ocurridos en Acteal, deben contemplarse otros medios que comprendan la reparación en un sentido amplio e integral, a saber, la restitución, la disculpa, el juzgamiento de los agentes gubernamentales responsables, la toma de medidas para que la violación cese y para evitar que el acto ilícito se repita en el futuro, entre otros medios a considerar[7].

 

A la fecha aún quedan pendientes de ejecutar 29 órdenes de aprehensión: 27 de ellas giradas en contra de civiles que participaron en la Masacre y que fueron señalados por los sobrevivientes, y 2 más en contra de ex funcionarios públicos.

 

A este respecto, el Lic. José Luis Jiménez Quevedo, quien fuera agente del Ministerio Público encargado del Área del Caso Acteal, ha manifestado a miembros de este Centro que la Policía Judicial no pretende entrar a las comunidades para ejecutar dichas órdenes, ya que considera que hacerlo, es crear más tensión y conflictos. Pide que sea la gente de “Las Abejas”, quienes informen a la PGR cuando dichos agresores salgan de sus comunidades para poder detenerlos.

 

Con ello pretende que sean las víctimas quienes realicen el trabajo que a la propia Procuraduría compete, y demuestra la falta de voluntad del Poder Ejecutivo para cumplir con su obligación de investigar y sancionar toda violación de los derechos humanos.

 

Por las denuncias recibidas en este Centro constatamos que a la fecha los grupos paramilitares no han sido desarmados, la existencia de armas en las comunidades continúa siendo un grave riesgo para la población y una amenaza constante de la posible reactivación de dichos grupos.

 

La nula intención del Gobierno para resolver esta situación, constituye una violación a su deber de garantizar la salvaguarda de los derechos humanos, y de prevenir cualquier posible violación a los mismos.

 

A finales de 2001, más de tres mil familias desplazadas pertenecientes a la Organización Civil “Las Abejas”, retornaron a sus comunidades. Sin embargo dichos retornos fueron forzados dado que en los campamentos donde se encontraban hacinados, las condiciones de vida se volvían insostenibles: no había tierra para trabajar, la leña se acababa y el agua no alcanzaba para todos; aunado a esto la Cruz Roja Internacional redujo el apoyo humanitario hasta abandonarlos.

 

Ante esta situación los desplazados se vieron obligados a correr el riesgo de retornar a sus tierras, aún sabiendo que sus agresores se encontraban en las comunidades.

 

El nuevo Gobierno de Chiapas en su pasado informe se vanaglorió de que dichos retornos fueron posibles gracias a sus gestiones, a pesar que se dieron en total contravención a los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de la ONU, que entre otras cosas, establecen el derecho de los desplazados a ser protegidos contra el retorno forzado hacia cualquier lugar donde su vida, seguridad, libertad o salud corran riesgo.

 

Las autoridades federales y estatales no cumplieron con su obligación de encontrar soluciones duraderas para los desplazados que establecieran condiciones de seguridad y dignidad para el regreso: ¿qué seguridad ofrece el Estado Mexicano si los paramilitares que provocaron los desplazamientos y perpetraron la masacre continúan armados y en las comunidades?, ¿qué tipo de reintegración busca el gobierno para la gente si estos crímenes continúan impunes? ¿cuál es la concepción de reconciliación del Estado Mexicano si no propicia condiciones de Justicia?

 

No puede haber reconciliación entre las comunidades mientras exista impunidad, y no habrá soluciones duraderas, ni Justicia, si no se atienden las causas estructurales de fondo que originaron el conflicto armado.

 

 

 

Los procesos penales y su estado actual

 

Por la masacre de Acteal y por hechos previos a ella, fueron iniciadas 13 Averiguaciones Previas, en las que se investigaría la responsabilidad tanto de autores materiales, como de funcionarios públicos de bajo nivel que no evitaron la consumación de los hechos y que toleraron el equipamiento y formación de grupos paramilitares en la región. Esas 13 Averiguaciones dieron lugar a 11 Causas Penales (pues algunos procesos se acumularon) que serían conocidas por los Juzgados Federales en su mayoría, y un par de ellas por el Juzgado del Fuero Común en San Cristóbal de Las Casas.

 

En 5 de estas causas fueron procesados 15 ex servidores públicos de bajo nivel:

 

• 3 de ellos pertenecientes a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, acusados de homicidio y lesiones por omisión, por no cumplir con su deber de salvaguardar la integridad de las personas el día de los hechos. Su condena fue de 8 años de prisión. Ellos son Julio César Santiago Díaz (Jefe de Asesores de la Coordinación General de la Policía del Estado), Roberto García Rivas (Primer Oficial de Seguridad Pública Estatal) y Roberto Martín Méndez

Gómez (encargado de la base de operaciones de Seguridad Pública en Majomut el día de los hechos).

 

• Otros 11 funcionarios estatales más, fueron acusados penalmente de haber permitido que civiles portaran armas en días previos a la masacre. Básicamente se trata de miembros de la Secretaría de Seguridad Pública de nivel bajo, y sus condenas oscilaron entre los tres y los siete años, teniendo derecho al beneficio de la condena condicional y sustitución de la pena.

 

• A nivel Municipal, Jacinto Arias Cruz, Presidente Municipal de Chenalhó al momento de perpetrarse la masacre, fue condenado a 36 años y 3 meses de prisión, cuya sentencia fue confirmada en segunda instancia.

 

• En la actualidad se encuentran prófugos de la justicia Jorge Gamboa Solís (Ex Coordinador de la Policía Estatal) y José Luis Rodríguez Orozco (Director de la Policía de Seguridad  Pública Estatal). En 7 de las mencionadas causas penales (incluyendo aquella en donde fue procesado el ex Presidente Municipal de Chenalhó) fueron procesados 87 civiles indígenas, aunque 1 de ellos falleció:

 

• 6 de ellos fueron absueltos en noviembre de 2001 por considerar el Juez que no existían elementos que acreditaran su responsabilidad, a pesar de que dichas personas fueron reconocidas por sobrevivientes a través de fotografías y por testigos de cargo respecto a hechos previos relacionados con la masacre.

 

• 6 de ellos han agotado todos los recursos legales e incluso el Juicio de Amparo Directo, y se encuentran compurgando penas de entre 35, 36 y 40 años de prisión.

 

• 21 más están sentenciados a 36 años y 3 meses de prisión, con penas confirmadas en segunda instancia; aún no han hecho uso del Juicio de Amparo Directo.

 

• 53 más aún están siendo procesados, pues las causas penales correspondientes se encuentran en reposición de procedimiento en etapa de desahogo de pruebas.

 

Los delitos por los que se siguió proceso a los detenidos fueron: homicidio calificado, lesiones calificadas y portación de armas de uso exclusivo del Ejército, sin embargo es de llamar la atención que pese a que el Ministerio Público consignó también por asociación delictuosa, un juez federal desacreditó este delito[8], lo cual diluyó la investigación hacia la comprobación de la existencia de grupos paramilitares “…a pesar de que con las constancias procesales que indican que el día 21 de diciembre en la comunidad de Canolal y Quextic se reunieron varias personas (todas ellas con identidad política, el PRI y Cardenistas - eran aliados -) de diversas comunidades (todas del Municipio de Chenalhó) y en ella acordaron el modo en que se realizaría la agresión (por los resultados, se vestirían con los uniformes que compraban a la policía, llevarían las armas que los jefes proveerían y las propias). El objeto de la organización (tenían jefes y cierta estructura) era matar a los Zapatistas, robar casas y café (delitos en género), dominar políticamente la comunidad (eran del PRI y pretendían que no existiese opción política)”.

 

Lo anterior refleja la falta de independencia e imparcialidad de los Tribunales Federales, a pesar de que este derecho se encuentra reconocido en el artículo 17 de la Constitución. Asimismo muestra que las instancias de Procuración de Justicia no están al servicio del Estado de Derecho, sino de intereses militares, políticos y particulares, al grado de tolerar y proteger a grupos claramente transgresores de la ley y en el caso de la masacre de Acteal de auténticos

criminales.

 

 

 

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Contraloría General del Estado de Chiapas

 

Cabe señalar que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación número 1/98 referente a los hechos de Acteal. En ella recomendó al gobierno de Chiapas, entre otras cosas, iniciar procesos administrativos en contra un buen número de funcionarios públicos. En cumplimiento a dicha recomendación, la Contraloría General del Gobierno de Chiapas inició los procedimientos 04/98 y 011/98 acumulados, quedando de la

siguiente manera:

 

Ex – funcionario y cargo Sanción administrativa

 

• Uriel Jarquín Gálvez (Subsecretario general del Gobierno)

 

• Julio César Santiago Díaz (Jefe de Asesores de la Coordinación General de la Policía del Estado).

 

• Homero Tovilla Cristiani (Secretario General de Gobierno)

 

• Marco Antonio Besares Escobar (Procurador General de Justicia del Estado).

 

Fue declarada prescrita la acción para sancionar en las correspondientes resoluciones de los Juicios de Nulidad interpuestos por los funcionarios, con lo que se dejó sin efecto la sanción impuesta en un inicio por la Contraloría General, la cual consistía en inhabilitación por 8 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público estatal.

 

Dichos Juicios de Nulidad fueron resueltos entre agosto de 1999 y marzo de 2001.

 

• Gral. Jorge Gamboa Solís (Coordinador General de la Policía del Estado).

 

Inhabilitación por 10 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público estatal.

 

• Lic. Jorge Enrique Hernández Aguilar (Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública).

 

• Lic. David Gómez Hernández (Subprocurador de Justicia Indígena).

 

• Militar retirado José Luis Rodríguez Orozco (Director General de Seguridad

Pública del Estado).

 

• Comandante Roberto García Rivas (Policía de Seguridad Pública Estatal).

 

• Comandante Roberto Martín Méndez Gómez (Policía de Seguridad Pública Estatal).

 

Inhabilitación por 8 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público estatal.

 

• Iturbide Rincón Luna (2º. Oficial responsable de la base de operación de

Seguridad Pública en Chimix).

 

Inhabilitación por 6 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público estatal.

 

• Antonio Pérez Hernández (Secretario para la atención de los Pueblos Indígenas).

 

• Ramiro Sánchez Vega (Subprocurador general de Averiguaciones Previas).

 

• Ricardo Federico Alvarado Gutiérrez (comandante adscrito a la Procuraduría de Justicia de Chenalhó)

 

• Marco Antonio Jiménez Espinosa (Agente del Ministerio Público adscrito a la Subprocuraduría de Justicia Indígena).

 

La Contraloría General los absolvió de toda responsabilidad administrativa el 11 de diciembre de 1998.

 

 

No obstante la falta de sanción administrativa para los funcionarios, el 28 de noviembre de 2003, la CNDH consideró cumplidos los 9 puntos dirigidos al Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas en la Recomendación arriba citada. De igual forma, el 28 de abril de 1999, dicho Organismo Nacional tuvo por cumplido el único punto recomendado a la Procuraduría General de la República en el que le instaba a ampliar sus líneas de investigación para determinar la responsabilidad penal por acción, omisión o comisión por omisión de todos y cada uno de los servidores públicos de Chiapas; ello a pesar de que sólo fueron condenados penalmente algunos funcionarios de la Policía de Seguridad Pública, dejando intactos a los funcionarios ubicados en los niveles más altos.

 

Tener por cumplida en su totalidad la Recomendación 1/98, fue una incongruencia por parte de la CNDH, pues en la propia Recomendación, dicha Comisión había ya concluido la responsabilidad penal y/o administrativa que les resultaba a los funcionarios públicos del estado.

 

 

 

La Defensa de los paramilitares presos en “El Amate”

 

A mediados del año 2003, la defensa de los paramilitares presos actualmente en el penal “El Amate”, del Municipio de Cintalapa, inició una intensa campaña a favor de dichos civiles. Ellos argumentan que la masacre de Acteal se dio por conflictos religiosos y que los señalamientos realizados por Las Abejas sobrevivientes en contra de los hoy presos, se trataban de un caso de intolerancia religiosa, ya que los acusados pertenecían a la religión presbiteriana y no a la católica, que es a la que pertenecen la mayoría de miembros de Las Abejas[9].

 

Esta argumentación resulta absurda y muy conveniente al Estado Mexicano, ya que con ella se minimiza la masacre y su contexto a un asunto interreligioso, en el que el Estado resulta no tener ninguna responsabilidad por la implementación de la estrategia contrainsurgente y la creación de paramilitares.

 

Igualmente, como parte de su estrategia, la defensa ha venido responsabilizando a la Diócesis de San Cristóbal de Las Casas y a este Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, “de no haber realizado las acciones suficientes para impedir la masacre, porque ellos tenían conocimiento de que ésta sucedería.”[10]

 

Siendo que la obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos, así como de prevenir toda violación a los mismos a través de las medidas necesarias para ello, corresponde al Estado Mexicano, y no a instituciones como la Iglesia u organizaciones civiles, quienes además tiempo anterior a la masacre estuvimos denunciando pública y judicialmente diferentes acciones de grupos paramilitares en diversas regiones del Estado de Chiapas, y a lo cual los gobiernos Federal y Estatal, hicieron caso omiso.

 

Otra muestra de la forma en que dicha defensa ha venido interpretando la información correspondiente al tema, es su exigencia para la reapertura de los casos, a fin de tener oportunidad de demostrar la inocencia de los presos. Sin embargo como ya hemos dicho, los procesos judiciales siguen abiertos para la mayoría de los civiles, aún no han agotado todos sus recursos y son contados aquellos en que hay sentencias firmes confirmadas en Juicios de Amparo Directo.

 

Su estratagema por tanto, ha sido política y no jurídica, pues a pesar de que a la fecha continúa habiendo diligencias en los Juzgados Federales en cumplimiento a las reposiciones de procedimiento ordenadas, los abogados particulares de los acusados no se presentan a dichas diligencias, sino que su trabajo se ha centrado en presentar públicamente a sus defendidos como chivos expiatorios, y a las víctimas de la masacre como victimarios de los propios paramilitares.

 

El 23 de diciembre de 2003, a petición de la feligresía evangélica, la Secretaría de Gobernación integró un grupo de trabajo técnico interinstitucional para “analizar la situación de la defensa jurídica de las personas presas con motivo de la masacre de Acteal”. Dicho grupo de trabajo es coordinado por la Unidad para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación y pretende realizar una revisión jurídica de las causas penales seguidas actualmente en contra de los acusados.

 

La exigencia de justicia de la Organización Civil Las Abejas y de la sociedad nacional e internacional en general, ha sido permanente, y sin embargo no se han visto resultados concretos. Es por ello que resulta sumamente preocupante que la Secretaría de Gobernación se convierta en cómplice de la impunidad que ha prevalecido en el caso Acteal; la invitación que la defensa de los acusados ha hecho a Las Abejas para participar en dicha mesa, resulta inconcebible e insultante, dado que la Justicia no se negocia.

 

Actualmente los sobrevivientes de Acteal temen que incluso la autoría material de este crimen, quede en total impunidad, ya que existe la posibilidad de la liberación de los paramilitares del Penal de “El Amate”; existe el temor de que el Poder Judicial no actúe con independencia. Los miembros de la sociedad Civil de Las Abejas tienen fundado miedo por la liberación de los responsables materiales de la Masacre, pues no se ha desarmado y desarticulado a estos grupos; y en este marco los rumores continuos sobre la salida de dichos paramilitares provocan incertidumbre entre la gente.

 

A la fecha, el hostigamiento en contra de los sobrevivientes de la Masacre es una constante; miembros de Las Abejas que continúan acudiendo a los Juzgados para reafirmar sus acusaciones en contra de sus victimarios, siguen siendo amenazados por familiares de los presos. Incluso este Centro documentó recientemente las intimidaciones [11]de que fueron objeto la niña sobreviviente Zenaida Pérez Luna y sus hermanas Ernestina y Rosalía, por parte de Ignacio Guzmán Luna, quien participara como autor material en la Masacre y que recientemente fue liberado por haber cumplido su pena en la Unidad encargada para la Prevención y Tratamiento de Menores del Estado.

 

 

 

Conclusiones

 

La matanza de 45 indígenas tsotsiles y 4 niños no nacidos en la comunidad de Acteal, representa el clímax de un sinnúmero de violaciones a los Derechos Humanos cometidos en contra de los pueblos indígenas, que venían ocurriendo en el Estado de Chiapas desde la implementación de la Guerra Irregular por parte del Gobierno Mexicano.

 

A través de su estrategia contrainsurgente y al crear grupos paramilitares, el Estado Mexicano provocó el desplazamiento de miles de personas que se vieron obligadas a vivir bajo condiciones inhumanas; les fue violado su derecho a la propiedad y posesión de la tierra y junto con éste, otros derechos que derivaban del cumplimiento de aquél, tales como el derecho a una vida digna, el derecho a la vivienda, el derecho al trabajo, el derecho a la alimentación, el derecho a la salud, el derecho a la educación entre otros. Junto con estos desplazamientos también se dieron violaciones al derecho a la vida, a la integridad y seguridad personales, ya que las ejecuciones y desapariciones acontecidas en el estado de 1994 a 1999, no han sido esclarecidas.

 

Igualmente la masacre de Acteal constituyó un acto en el que fueron violados de manera brutal los derechos a la vida y a la integridad física; asimismo los derechos de la mujer, de los niños, de protección a la familia tales como la maternidad y la paternidad, entre otros.

 

El derecho a la justicia, después de ocurrida la masacre ha sido también violado: el conocimiento de la verdad sigue pendiente; los autores intelectuales no han sido investigados; los juicios no se han realizado con prontitud y eficiencia; el derecho a la reparación del daño ha sido negado y el Estado Mexicano no ha dado garantías para que hechos como la Masacre de Acteal no vuelvan a suceder. Asimismo, la discriminación hacia los 4 niños no nacidos es clara al no haberse iniciado una investigación por el delito de aborto.

 

La desaparición de la Fiscalía Especial para la atención de los delitos cometidos en el estado de Chiapas, así como de la Unidad Especializada para la atención de delitos cometidos por probables grupos civiles armados, demuestran la intención de la autoridad de minimizar los hechos y la poca importancia que a la fecha dan al asunto.

 

La impunidad y la injusticia no sólo permanecen para las víctimas de Acteal, sino también para las cientos de familias desplazadas que aún hoy viven en condiciones infrahumanas; los Principios Rectores sobre el Desplazamiento Interno de la Organización de las Naciones Unidas, así como las recomendaciones emitidas al Estado Mexicano por parte del Representante del Secretario General de las Naciones Unidas sobre los desplazados internos, aún no han sido cumplidos ni siquiera en el caso de las familias retornadas, dado que los riesgos de violencia en las comunidades y de reactivación de los grupos paramilitares, siguen vigentes.

 

 

 

Recomendaciones

 

Este Centro de Derechos Humanos hace a las autoridades competentes de los diferentes niveles de gobierno, las siguientes recomendaciones:

 

- A las autoridades encargadas de procurar e impartir justicia, exigimos se apeguen a los principios fundamentales del derecho a la verdad, juicio justo, reparación de daño y garantías de no repetición de violaciones de derechos humanos. El no facilitar que la justicia sea una realidad en nuestro país, los hace cómplices de crímenes de lesa humanidad, que la historia que construyen los pueblos no olvidará.

 

- A los Gobiernos Federal y Estatal recomendamos se investigue y finque responsabilidad a los autores intelectuales de la Masacre en los niveles Local y Federal, hasta llegar al esclarecimiento de la verdad.

 

- Al Gobierno Federal y Estatal urgimos el desarme y desarticulación de los grupos paramilitares en Chiapas, para que hechos como los ocurridos el 22 de diciembre de 1997 no se repitan.

 

- A la Procuraduría General de la República, exigimos se ejecuten las órdenes de aprehensión pendientes en contra de civiles y funcionarios públicos implicados en la Masacre en Acteal.

 

 

Mientras no se garantice una efectiva protección a los derechos elementales de la población más vulnerable en nuestro país y ésta continúe siendo el blanco de las estrategias contrainsurgentes y de acciones de militarización, la verdad y la Justicia seguirán siendo una utopía.

 

Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas

 

 

 

 

Anexo 1

 

Llamado urgente para la reparación de los derechos vulnerados

 

 

El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas manifiesta su preocupación ante la persistente dilación en la impartición de justicia del gobierno mexicano ante la Masacre de Acteal, perpetrada el 22 de diciembre de 1997, en donde 45 tsotsiles: 15 niños, 21 mujeres, cuatro de ellas embarazadas entre diez semanas a cinco meses, y 9 hombres, fueron masacrados, además de 25 heridos, sin que los Policías de Seguridad Pública acuartelados a escasos 200 mts, intervinieran en su ayuda.

 

Los gobiernos estatales y federales se han negado a reconocer las evidencias que señalan el origen de la masacre en acciones que se generan en un contexto de guerra, esto ha permitido que la defensa de los inculpados quiera confundir a la opinión pública sobre los verdaderos motivos de la masacre, señalando que se trata de un problema religioso recurriendo para ello a lagunas legales como parte de su estrategia de protección a los culpables, ya que mientras no existan reformas que integren un tipo penal especifico sobre grupos paramilitares, se seguirá utilizando términos como el de grupos civiles armados, consiguiendo con ello minimizar el carácter contrainsurgente de éstas organizaciones.

 

Asimismo consideramos que la consignación por separado de los acusados debilita la concatenación de hechos como son los crímenes anteriores a la Masacre, las diversas reuniones que los agresores tenían para presionar a la gente con el objeto de exigirles aportaciones para adquirir armas, la protección a civiles por parte de agentes de la policía, como consta en declaraciones ministeriales, donde el suboficial Felipe Vázquez Espinosa implica a su jefe el primer oficial Absalón Gordillo diciendo que él les ordenaba proteger a los  paramilitares.

 

El órgano judicial se ha negado a cumplir los principios básicos de justicia: derecho a la verdad, juicio justo, reparación del daño (ninguna de las sentencias que han quedado firmes, condenan al pago de reparación del daño), y tampoco se han dado garantías de no repetición del acto.

 

En su momento se iniciaron 13 averiguaciones previas que dieron lugar a sus respectivas causas penales, únicamente algunas se acumularon para quedar tan sólo 11 causas, cuando el deber del órgano judicial era integrar todas aquellas que están directamente relacionadas con la Masacre en una sola, puesto que todas las acciones delictivas se llevaron a cabo en un sólo acto.

 

A todo esto debemos agregar que al revocarse los autos de formal prisión por el probable delito de asociación delictuosa, se logra la fragmentación de los hechos y circunstancias.

 

Solamente se han procesado 15 funcionarios de bajo nivel, dejando en la más completa impunidad la coparticipación y responsabilidad de Ernesto Zedillo Ponce de León quien fungía como Presidente de la República, Emilio Chuayffet como secretario de gobernación, Julio César Ruiz Ferro gobernador del Estado (que fue informado oportunamente de la situación y no actuó para evitar la Masacre), entre otros; a pesar que los delitos de coalición de funcionarios, ejercicio indebido de servicio público y delitos cometidos en la administración de justicia están claramente relacionados con las obligaciones que a sus cargos competen.

 

Así mismo los testimonios acreditan que funcionarios estatales consentían que civiles portaran armas de uso exclusivo de las fuerzas armadas, además de utilizar vehículos y bienes públicos para transportar a civiles armados.

 

El Estado propició la disolución de la Fiscalía Especial creada el 1º de abril de 1998, minimizando y dilatando el proceso de administración de justicia, reduciendo dicha instancia en una simple área que depende de la Subdelegación de Procedimientos Penales “A”, de la Delegación de la Procuraduría General de la República en Chiapas, quedando como responsable del área el MP adscrito al Juzgado Segundo de Distrito, donde actualmente se encuentran abiertas 2 Causas Penales Segundas contra civiles.

 

Este Centro hace un llamado urgente a las autoridades federales y estatales para que todas estas irregularidades que ha entorpecido el proceso judicial, sean atendidas con prontitud, apego a la verdad y a la justicia, ya que de lo contrario el argumento de la defensa de los inculpados, con respecto a la filiación religiosa como motivo de la Masacre, seguirá confundiendo a la opinión pública y en el peor de los casos se convertirá en una presión política que desvirtúe aún más el proceso judicial.

 

También le convocamos para que se manifieste en contra de la impunidad y la denegación de justicia que  convierte a la sociedad mexicana en otra víctima de la Masacre de Acteal enviando cartas que exijan a las autoridades federales y estatales para que se apeguen a los principios fundamentales de la justicia: derecho de las víctimas y la sociedad  a conocer la verdad, reparación integral de los derechos vulnerados y garantías de que no se repitan jamás hechos como la Masacre de Acteal.

 

Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas

 

 

 

 

Anexo 2

 

 

Contra el Olvido, la Memoria

 

 

A siete Años de la Masacre de Acteal, no son investigados ni sancionados los delitos de lesa humanidad contra la población civil en Chiapas.

 

 

El 22 de diciembre de 1997, hace siete años, en la población de Acteal, cercana a San Pedro Chenalhó, Chiapas, fueron masacrados 49 indígenas tsotsiles que se encontraban en una ermita, después de tres días de ayuno y oración por la paz: 19 mujeres, 8 hombres, 14 niñas, 4 niños y 4 más que aún no nacían y que junto con sus madres fueron brutalmente asesinados, además de 25 heridos, por un grupo de hombres con armas de alto calibre y balas expansivas de uso exclusivo del Ejército Mexicano sin que los Policías de Seguridad Pública acuartelados a escasos 200 mts, y el Ejército ubicado a menos de 1 Km., intervinieran en su ayuda, ni a pesar de que este Centro de Derechos Humanos notificó a la Secretaría de Gobierno del Estado de Chiapas sobre lo que ocurría esa mañana del 22 de diciembre. El ataque se prolongó por más de 7 hrs.

 

Esta brutal masacre se inscribió en un contexto de guerra irregular preparada por la Secretaría de la Defensa Nacional, ideada por el General de División Miguel Ángel Godínez Bravo, ordenada por el entonces presidente Zedillo en febrero de 1995, y ejecutada por el General de División Mario Renán Castillo, en el que las acciones paramilitares fueron la clave en el plan de campaña del Ejército en Chiapas. La impunidad en el caso Acteal no es un agravio únicamente para las víctimas, sino para todos los mexicanos, ya que es imposible hablar de un estado de derecho efectivo cuando ni siquiera se respetan las reglas mínimas del derecho internacional humanitario.

 

Ante esta realidad los gobiernos estatales y federales se han negado a reconocer las evidencias que señalan el origen de la masacre, ya que la procuración de justicia con sus acciones ha pretendido confundir a la opinión pública sobre los verdaderos motivos, señalando que se trata de un problema religioso, intracomunitario e incluso de usos y costumbres, recurriendo para ello a lagunas legales como parte de su estrategia de ocultar la verdad.

 

Mientras no existan marcos legales que contemplen los conflictos armados internos, delitos de guerra y de lesa humanidad, así como controles civiles efectivos, basados en el respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos, cuando de las actividades del ejército se trata, seguiremos siendo testigos y víctimas de este tipo de actos ilegítimos, y estos seguirán siendo tratados como delitos comunes.

 

Los orígenes de la masacre que los gobiernos de los distintos niveles y de las diversas administraciones han negado, nos dan muestra clara y contundente que forma parte de una estrategia de ataque a la población civil, donde un grupo de paramilitares ligados con las autoridades municipales, estatales y federales incluyendo al Ejército mexicano, han sido el instrumento con el cual se intenta acabar con lo que el propio Ejército denomina “organización de masas”.

 

La violencia en Chenalhó se documentó por este Centro de Derechos Humanos desde febrero de 1994. El saldo de las acciones paramilitares en Chenalhó al 22 de diciembre de 1997 fue de: 6.332 personas desplazadas, que incluye la pérdida de bienes y la quema de sus casas; 62 muertos de manera violenta y 42 heridos. Todo esto generado en un clima de tensión, hostigamientos y amenazas del grupo identificado con el PRI y promovido por la presidencia municipal de San Pedro Chenalhó, que actuaba con armamento de uso exclusivo del Ejército, uniformes y con el amparo de la Policía y de los militares.

 

La gravedad de la situación fue mostrada por Ricardo Rocha unos días antes de la Masacre. Los hechos descritos, aunados a los acontecimientos ocurridos en la zona norte del estado entre 1995 y el año 2000, son claras consecuencias de la implementación de una política deliberada de Estado encaminada a cometer ataques generalizados y sistemáticos en contra de la población civil y con conocimiento de dichos ataques, consistentes en Asesinatos, Traslado forzoso de población (en la zona altos y norte se desplazaron aproximadamente 10,000 personas de un total de 12, 000 en el estado de Chiapas), Privación grave de la libertad física, Tortura, Persecución de una colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos (opositores al PRI), étnicos (todas las víctimas son indígenas), y religiosos (miembros activos de la Diócesis de San Cristóbal de Las Casas),  además de Desaparición forzada de personas, por medio de la creación, financiación, adiestramiento y encubrimiento de grupos paramilitares. Todos estos delitos son reconocidos como de Lesa Humanidad, en términos del Estatuto de Nüremberg y que implican una negación flagrante de los principios fundamentales consagrados en las Cartas de la Organización de los Estados Americanos y de las Naciones Unidas.

 

El Estado mexicano ha violado el derecho a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, a la honra y dignidad, los derechos de la niñez, a la propiedad, a la circulación y de residencia.

 

Se ha violado también el derecho a la justicia que corresponde a las víctimas, justicia que no se limita a la prontitud con que debe resolverse un juicio, cosa que tampoco se ha cumplido, si no también a ser eficaz, para que a partir de ahí se pueda obtener una sentencia justa que entre otras cosas, repare integralmente el daño causado.

 

El derecho a la verdad, que es parte fundamental en la integración de la justicia, también fue violado por el Gobierno Mexicano, ya que las causas y los verdaderos responsables de este crimen de lesa humanidad, no han sido reconocidos. A pesar del procesamiento de algunos de los autores materiales de la masacre y de algunos funcionarios públicos, la investigación de la entonces Fiscalía Especial para la Atención de los Delitos Cometidos en Chenalhó en cuanto a la autoría intelectual, sólo se limitó al nivel local, evitando en todo momento reconocer la existencia de grupos paramilitares y la responsabilidad del Ejército en los hechos.

 

Se cumple un año más en la denegación de la justicia, impunidad ratificada en el franco desinterés de autoridades, mutismo jurídico de los gobiernos, en un contexto en el que el municipio de Chenalhó con doce campamentos, tiene la mayor presencia militar por población en el país después del Distrito Federal, y el tráfico de armas y municiones, las amenazas y hostigamientos continúan.

 

La desaparición en la administración Fox, de la Fiscalía Especial para la Atención de los Delitos Cometidos en el Estado de Chiapas, así como de la Unidad Especializada para la Atención de Delitos Cometidos por Presuntos Grupos Civiles Armados, ambas de la PGR, demuestran la intención de las autoridades de minimizar los hechos y la poca importancia que le dan a las víctimas de un conflicto armado no resuelto.

 

Aún con la miopía en la procuración de justicia quedan pendientes de ejecutar 29 órdenes de aprehensión, 27 de ellas giradas contra civiles que participaron en la ejecución, y 2 más en contra de ex funcionarios públicos.

 

A la fecha las autoridades no han informado sobre la situación de los prófugos de la justicia a quienes se les giró orden de aprehensión como son Jorge Gamboa Solís (Ex Coordinador de la Policía Estatal) y José Luis Rodríguez Orozco (Director de la Policía de Seguridad Pública Estatal). Cincuenta y tres de los señalados como culpables por las víctimas aún están siendo procesados, pues las causas penales correspondientes se encuentran en reposición de procedimientos en etapa de desahogo de pruebas.

 

Aunado a esta grave situación de dilación y denegación a la justicia, a mediados del año 2003, la defensa de los paramilitares presos actualmente en el penal “El Amate”, del municipio de Cintalapa, inició una campaña en la que argumentan que los motivos de la masacre de Acteal son de carácter religioso.

 

Mientras los grupos paramilitares no sean desarmados, su presencia en las comunidades continua siendo un grave riesgo para la población y una amenaza constante de reactivación.

 

Ante esta situación el Centro de Derechos Humanos exige:

 

1. - Que se cumpla el derecho a la Verdad de las víctimas y de la sociedad en su conjunto:

 

A.- Haciendo público un informe de actividades y resultados de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos por Presuntos Grupos Civiles Armados de la Procuraduría General de la República desaparecida en el año 2001.

 

B.- Realizando una investigación seria considerando las líneas que apuntan a la responsabilidad del Estado por los delitos de lesa humanidad perpetrados en el estado de Chiapas, a través de la creación de una Fiscalía Especial Autónoma con capacidad de llamar a cuentas al Ejército mexicano y de deslindar responsabilidades de Estado.

 

2.-  Que se garantice el derecho a la Justicia sancionando a los responsables materiales e intelectuales de los delitos de lesa humanidad dirigidos en contra de la población civil, de acuerdo al Estatuto del Tribunal de Nüremberg.

 

3.- Que se haga efectiva la Reparación del Daño de las víctimas de desplazamiento forzado, asesinatos, desapariciones y tortura.

 

4.- Que se garanticen medidas de No Repetición:

 

A. - El desarme y la desarticulación de grupos paramilitares.

 

B. -  La desmilitarización del territorio indígena de Chiapas.

 

C. - La inclusión de los tipos sobre delitos de lesa humanidad en el marco del derecho positivo mexicano.

 

D. - La desaparición del fuero militar en tiempos de paz y particularmente cuando se trata de violaciones de Derechos Humanos.

 

E. - La ratificación del Protocolo II sobre Conflictos No Internacionales, de los Convenios de Ginebra.

 

F. - La ratificación por parte del Senado del Estatuto de la Corte Penal Internacional.

 

 

Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas

 

 

 

 

Anexo 3

 

¡Nunca más otro Acteal! ¡No más masacres ni asesinatos!

 

 

 

Tierra Sagrada de Los Mártires de ActealChenalhó, Chiapas

22 de diciembre de 2004

  

A los Defensores de Derechos Humanos.

A las Organizaciones Sociales y Políticas de México.

A los Medios de Comunicación Nacional e Internacional.

A la Opinión Pública.

 

 

Hermanos y hermanas:

 

Hoy se cumplen siete años de la masacre de Acteal. Ya son siete años de impunidad. Siete años han pasado y no ha llegado la justicia para nuestros 45 hermanos más cuatro que aún no nacían que fueron asesinados por un grupo de paramilitares en Chenalhó el 22 de diciembre de 1997.

 

 

1)  Situación Jurídica del Caso Acteal a 7 Años de los Acontecimientos

 

A 7 años de distancia, éste es el estado en que se encuentra el Caso Acteal:

 

1) De los 87 civiles detenidos a raíz de la masacre:

 

* En 75 casos, o sea la inmensa mayoría, todavía sigue abierto el expediente, sea porque ni siquiera se ha dictado sentencia en primera instancia (53) o porque están en espera de la resolución del Juicio de Amparo (22).

 

* De los 12 restantes, cuyo caso ya se cerró, 6 fueron absueltos a pesar de la evidencia aportada por los testigos, evidencia que el juez simplemente desestimó. Entre éstos estaban algunos de los principales organizadores de los paramilitares en Chenalhó. ¿Será casualidad que fue precisamente en estos casos que los jueces no consideraron suficiente la evidencia que sí lo fue en los demás casos?

 

* Sólo a 6 se les ha dictado sentencia definitiva por homicidio y lesiones calificadas, habiéndose agotado ya los recursos judiciales.

 

* Aquellos cuyos casos se siguen revisando, no es porque en las apelaciones se haya encontrado algo que acredite su inocencia, sino por diversas irregularidades en el proceso imputables a los jueces (como olvidarse de firmar las actas o no proporcionar traductores) que han llevado a que el juez de apelación ordene la reposición del procedimiento.

 

* Esto ha obligado a los testigos a repetir sus declaraciones una y otra vez, con todo lo que esto implica de desgaste económico y psicológico al tener que carearse con los asesinos de sus familiares. Esto es aparentemente una mera decisión judicial relativa al proceso, pero también aquí nos preguntamos si será simple casualidad ¿No será una estrategia de desgaste con la idea de que quizá se cansen los testigos y puedan quedar libres los asesinos? De todos modos aquí vale muy bien la frase de que justicia retardada es justicia denegada.

 

* En ninguna de las sentencias consideraron los jueces la obligación de los culpables a la reparación del daño, a pesar de que éste es un principio universal del derecho y de que el daño en este caso era grave y evidente. Y esto vale tanto para la misma masacre como para todas las agresiones que la precedieron: robos, quema de casas y amenazas, delitos cuyas averiguaciones se quedaron en el papel y por los que nunca hubo consignaciones.

 

 

2) En cuanto a los miembros del gabinete de Seguridad pública y de Procuración de Justicia del gobernador Ruiz Ferro a quienes la CNDH dijo que se les tenía que fincar responsabilidad penal y/o administrativa:

 

* La Comisión Nacional de Derechos Humanos en su Recomendación 1/98 afirmó:

“Les resulta responsabilidad penal y/o administrativa” a los funcionarios que ocupaban los siguientes cargos:

 

Secretario de Gobierno

 

Procurador General de Justicia del Estado

 

Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública

 

Secretario para la Atención de los Pueblos Indígenas

 

Subsecretario General de Gobierno

 

Subprocurador de Averiguaciones Previas

 

Subprocurador de Justicia Indígena

 

Coordinador General de la Policía del Estado

 

Director General de Seguridad Pública del Estado

 

Jefe de Asesores de la Coordinación General de la Policía del Estado

 

Oficiales de la Policía de Seguridad Pública del Estado:

 

          Comandante de la  Base de Operaciones de SP en Majomut

 

          Comandante de la  Base de Operaciones de SP en Chimix

 

          Comandante de la  Región de San Cristóbal de las Casas

 

Comandante de la Policía Judicial del Estado con destacamento en Chenalhó

 

Agente del Ministerio Público del Fuero Común adscrito a la Subprocuraduría de Justicia Indígena.

 

* Al ver esta lista nos damos cuenta de que está prácticamente todo el gabinete de: Gobierno, Procuración de Justicia y Seguridad Pública. Y nos preguntamos, viendo esto ¿puede alguien dudar de que el Gobierno apoyó y aprobó la Masacre de Acteal? Sin embargo, los únicos cargos que se hicieron a (algunos de) estos de estos funcionarios fueron por omisión. La verdad es que es más difícil creer que todos estos funcionarios fueron simultáneamente negligentes que pensar que había un acuerdo de proteger a los paramilitares.

 

* De los 16 funcionarios que se mencionaron en la Recomendación 1/98 de la CNDH, sólo a 5 se les fincó responsabilidad penal. De éstos, 3 están presos (y están a punto de salir por cumplirse el tiempo de su sentencia) y dos más  están prófugos de la justicia. Sin embargo, la CNDH en un escrito dirigido hace unas semanas al Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas A.C. afirmó que consideraba “cumplidos en su totalidad los diez puntos de la Recomendación 1/98, sobre el caso de Acteal, Chiapas”.

 

 

3) En cuanto a los funcionarios de alto nivel que son responsables, por lo menos, de no haber evitado una masacre que se denunciaba y anunciaba por la CONAI, las ONG’s de Derechos Humanos y hasta los medios de comunicación nacionales, violando el compromiso del Estado Mexicano de garantizar el respeto de los derechos humanos fundamentales, compromiso que se establece (entre otros) en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, firmada y ratificada por México:

 

* Ninguno ha sido investigado y mucho menos castigado: Emilio Chuayfett, el entonces Secretario de Gobernación que nunca se enteró de lo que estaba pasando en Chenalhó, a pesar de que hasta en TV salió, después de un breve tiempo a la sombra, está coordinando tranquilamente la bancada de diputados priístas. Julio César Ruiz Ferro, que era Gobernador de Chiapas cuando ocurrió la Masacre de Acteal fue premiado por Zedillo con un cargo en la embajada de México en Washington, acaso por haber elegido unos colaboradores de gobierno tan hábiles para sincronizar su omisión. El mismo Ernesto Zedillo titular del Ejecutivo y Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, reparte su tiempo entre los Consejos de Administración de las transnacionales a las que les privatizó las riquezas nacionales (como los ferrocarriles) y los consejos a la ONU de cómo desmantelar la economía de los países en desarrollo. En cuanto a los altos mandos militares responsables de la estrategia de contrainsurgencia (denunciada por el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas ante la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU y nunca desmentida por el gobierno mexicano) como de costumbre en México, siguen en la total impunidad, protegidos por una sombra de silencio y desinformación.

 

 

4) En cuanto a las instancias especiales de procuración de justicia creadas por el gobierno de Ernesto Zedillo a raíz de la presión de la sociedad civil nacional e internacional para investigar la masacre de Acteal:

 

* Tanto la Fiscalía Especial para el Caso Acteal como la Unidad Especializada de la PGR para la Atención de Delitos cometidos por probables grupos civiles armados fueron desaparecidas por el gobierno del cambio de Vicente Fox y su procurador general Macedo de la Concha. Hasta el agente del Ministerio Público Federal que participaba desde el principio en la investigación del caso Acteal fue prácticamente despedido al suspendérsele de facto el pago de su salario.

 

5) En cuanto al grupo paramilitar que es responsable de la masacre de Acteal y de múltiples delitos cometidos antes y después de ella:

 

* Aparentemente inactivos, en realidad ahí siguen agazapados. No fueron desmantelados, ni desarmados, ni se expusieron a la luz pública sus verdaderos motivos y sus cómplices. A pesar de todas las evidencias, los jueces negaron que hubiera asociación delictuosa, con lo que prácticamente se concedió patente de impunidad a los paramilitares organizados.

 

* Hay 27 órdenes de aprehensión sin ejecutar y siguen sucediendo incidentes de hostigamiento y amenazas como lo que pasó hace apenas unos días (el jueves 16) en la comunidad de la Esperanza donde se le encontró un arma de fuego a un paramilitar, el agente municipal lo puso a disposición del juez municipal y éste lo dejó libre.

 

* La última vez que hubo un intento de ejecutar las órdenes de aprehensión pendientes fue hacia el final de los gobiernos de Zedillo y Albores. La Unidad Especializada de la PGR realizó un operativo en los Chorros, Chenalhó. Pero los paramilitares, debidamente alertados por el gobierno de Albores, atacaron al personal de la PGR con armas blancas y armas de fuego, ante las mismas narices del Ejército Mexicano estacionado en Majomut y aunque el Ejército en aquellos días detenía en sus retenes a cualquier civil inocente, con el pretexto de aplicar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en esa ocasión dejó que las armas le tronaran literalmente en las orejas y rechazó la petición de auxilio de la PGR con el argumento de que no tenían órdenes de actuar.

 

 

6) Campaña de desinformación.

 

* Finalmente, a 7 años de la masacre de Acteal, en lugar de que se vayan aclarando los hechos, se van confundiendo más, o por lo menos eso intentan algunos. La última mentira difundida con respecto al caso Acteal es que se trata de un conflicto religioso y que los presos están en la cárcel por ser evangélicos, no por ser paramilitares y asesinos. Pero los que están en la cárcel son de todas las religiones y ni en la historia de los conflictos previos en Chenalhó, ni en los expedientes del caso Acteal hay ninguna indicación de que existiera un conflicto interreligioso. Por el contrario, en Chenalhó existía una buena relación entre católicos y otras iglesias cristianas como lo demuestra la colaboración entre católicos y presbiterianos para traducir la Biblia al tzotzil y la existencia del coro de Acteal que también se debe agradecer a una colaboración con los presbiterianos. Más bien son las campañas malintencionadas que se han difundido a este respecto las que estarían instigando a crear un conflicto que no existe.

 

 

 

2) En México no hay justicia y el pueblo ya se cansó 

 

Hace unos días la violencia volvió a entristecer al país con lo que sucedió en Tláhuac. A raíz de esta tragedia el presidente Fox destituyó al ex secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal, Marcelo Ebrard Casaubón, que está siendo investigado por la PGR por no haber intervenido para evitar el linchamiento de dos policías.

 

Nos preguntamos ¿esto significa que ya se nos va a hacer justicia? Si en este caso se investiga a los funcionarios porque no intervinieron durante dos horas de violencia para evitar dos muertos. ¿Qué se podrá decir de la masacre de Acteal, donde la balacera duró siete horas  y murieron 45 personas, sacaron del vientre de su mamá a 4 niños y los asesinaron y quedaron 26 lesionados? La policía de Seguridad Pública del Estado estaba a 200 metros; el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas se comunicó a través del Padre Gonzalo Ituarte con el Secretario de Gobierno Homero Tovilla Cristiani. Ya se había denunciado públicamente semanas antes de una posible masacre. El mismo obispo de San Cristóbal, Don Felipe Arizmendi quien, en aquel tiempo era obispo de Tapachula, acaba de declarar a la prensa que él personalmente alertó al gobernador Ruiz Ferro de que en Chenalhó era inminente un hecho sangriento.

 

Si, como parece por su manera de actuar en el caso Tláhuac, Fox y la PGR piensan que la omisión es un delito grave, y que una vez advertidos de que hay peligro inminente de violencia, las autoridades responsables de la seguridad pública  no pueden evadir su obligación de impedirla, entonces seguramente van a ordenar la investigación y consignación de Ruiz Ferro, Homero Tovilla, Uriel Jarquín, Emilio Chuayfett y hasta del mismo Zedillo. El Gral. Macedo de la Concha se va a acordar de que antes que ser militar tiene la responsabilidad de ser abogado de la nación  y seguramente va a abrir una averiguación contra los militares que apoyaron el entrenamiento y el armamento de los paramilitares.

 

O ¿es que a estas personas la Constitución Política les hace una excepción? O ¿Cuáles son las razones?  Si se aplicaran en Acteal los mismos criterios jurídicos que se están aplicando en Tláhuac todas esas personas deberían ser castigadas por su negligencia (por lo menos). Pero nuestros corazones nos dicen que esto no va a suceder y sabemos que la ley en México no se aplica parejo. No es la misma ley para todos, sino una para los ricos y los amigos del gobierno y otra para los pobres y los que critican al gobierno. Nos hemos dado cuenta junto con millones de mexicanos que los pobres no podemos esperar justicia de nuestro sistema de procuración de justicia. La tragedia que sucedió en Tláhuac es una herida infectada que muestra esta descomposición del tejido social que no es por usos y costumbres,  como quieren hacer creer en este caso y como quiso hacerlo creer la PGR en el caso de Acteal, sino porque las autoridades que deberían aplicar la justicia no lo hacen. Los que gobiernan a mi pueblo no le hacen justicia, en sus manos sólo hay corrupción y tienen la mano derecha llena de sobornos (Salmo 26, 10). Cuando la autoridad no cumple esta función cabalmente, toda la sociedad se resiente.

 

 

 

3) Nuestra propuesta. Derechos indígenas y Nueva Sociedad

 

Esta es la realidad de la masacre de Acteal. No lo que ha dicho el gobierno y los defensores de los paramilitares de que es un conflicto ínter comunitario o interreligioso. Las Abejas hemos sido una organización ecuménica desde nuestra fundación hasta la fecha.

 

Seguimos demandando justicia en el caso de Acteal, pero no es nada más por nosotros Las Abejas. Es por todos los mexicanos. Si Acteal queda en la impunidad tarde o temprano puede suceder otra masacre en otra comunidad o en una ciudad.  Es por eso que todos debemos unir nuestra voz para exigir castigo para los funcionarios responsables, para que no vuelvan a cometer sus crímenes.

 

Ante estos obstáculos, queremos compartirles que hemos decidido mantenernos firmes en nuestra lucha por la justicia y por la paz verdadera en nuestros pueblos. Aunque el plan del gobierno era meternos miedo con las represiones, sin embargo nos organizamos más. Nuestra organización está dando frutos con la cooperativa de Café Maya Vinic, con el Coro de Acteal, con los promotores de salud, con las mujeres artesanas Maya Antsetik, con los promotores de Derechos Humanos, y otros. La comunicación con otras organizaciones indígenas y ONG’s nacionales e internacionales nos ha hecho más fuertes y apoyados por nuestra lucha. Hemos compartido nuestra experiencia con desplazados de otros países. Nos hemos unido a las luchas contra el ALCA y las mega hidroeléctricas. Vemos que organizados aunque con dificultades podemos construir nuestras alternativas al neoliberalismo.

 

Con estas cosas realizadas sabemos que no bastan, aún hay muchas tareas: Una de ellas es luchar por los derechos indígenas. Al luchar por los derechos indígenas y por nuestras formas de impartir justicia estamos luchando por reconstruir desde abajo nuestra sociedad, que ya no cree en la justicia del gobierno porque nunca llega a los pobres. Que las comunidades asuman la justicia y la resolución de conflictos, no con violencia, sino de acuerdo a la sabiduría de nuestros abuelos y abuelas.

 

Nos solidarizamos y nos unimos a que se nos haga justicia junto con nuestros hermanos que también han sufrido masacres y asesinatos a los defensores de derechos humanos, así como a los hermanos de Aguas Blancas, de Guerrero, de Oaxaca, hermanos de la Zona Norte de Chiapas, Digna Ochoa y Plácido. Nos solidarizamos con todos los que sufren como hemos sufrido nosotros: con los familiares de los policías linchados en Tláhuac y con los pueblos de Irak y Palestina; con los hermanos y hermanas de Colombia que también sufren por los paramilitares. Les decimos que aunque los poderosos quieren destruirnos, Dios no nos abandona, sino que al contrario conmueve corazones de otras personas del mundo para solidarizarse por nosotros. Así estamos viviendo nosotros los sobrevivientes de Acteal, perdimos a nuestros familiares pero tuvimos oportunidades de recibir solidaridad de gentes de todas partes del mundo, animándonos que nuestra lucha es justa y que debemos de seguir adelante porque no estamos solos. Igual así les decimos a todos ustedes, no están solos, estaremos todos unidos.

 

Hermanos y hermanas; que hoy nos acompañan y a los que no pudieron venir, pero nos mandaron cartas y están orando o manifestándose en sus países, reciban nuestros agradecimientos con todo nuestro corazón por su solidaridad y por su acompañamiento.

 

Juntos podemos hacer que otro mundo sea posible.

 

¡Nunca más otro Acteal! ¡No más masacres ni asesinatos!

 

 

Atentamente

 

La Mesa Directiva de Las Abejas

 

José Pérez Vázquez, Victorio Pérez Pérez, José A. Jiménez Pérez, Pablo Hernández Arias, Fernando Gómez Hernández, Mariano Pérez Guzmán.

 

San Cristóbal de Las Casas, Chiapas a 22 de diciembre de 2004

 

 

 

Anexo 4

 

Una carta abierta

 

 

 

A Vicente Fox Quezada Presidente de México

A la Suprema Corte de Justicia de la Nación

A la Procuraduría General de la República

Al Congreso de la Unión

Al Gobernador del Estado de Chiapas,

Al Procurador General De Justicia del Estado

Al Juez Primero de Distrito del Vigésimo Circuito Judicial, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

Al Juez Segundo de Distrito del Vigésimo Circuito Judicial, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

Al Juez de lo Penal en San Cristóbal de Las Casas, Chiapas

 

 

 

¡NO A LA IMPUNIDAD!

 

 

 

El 22 de diciembre de 1997 en la población de Acteal, cercana a San Pedro Chenalhó, Chiapas, México, fueron masacrados 45 indígenas tsotsiles que se encontraban en una ermita, después de tres días de ayuno y oración por la paz: 15 niños, 21 mujeres, cuatro de ellas embarazadas entre diez semanas a cinco meses, y 9 hombres, además de 25 heridos, por un grupo de hombres con armas de alto calibre y balas expansivas de uso exclusivo del Ejército Federal Mexicano sin que los Policías de Seguridad Pública acuartelados a escasos 200 mts, intervinieran en su ayuda, a pesar que el ataque se prolongó por más de 7 horas. Los grupos paramilitares existentes en la región desplazaron, asesinaron, amenazaron y hostigaron constantemente a las comunidades que se les oponían, meses antes de que la masacre ocurriera, por esto se había pactado un acuerdo de no agresión, que era el motivo de la vigilia que terminaba el 22 de diciembre.

 

Las víctimas de la masacre se encontraban desplazados de sus comunidades a raíz de la violencia generalizada en la zona, producto de la estrategia de guerra de baja intensidad, o de guerra irregular como la nombra el Ejército Mexicano que se puso en marcha por parte del gobierno de México después del levantamiento del EZLN en 1994.

 

A través de su estrategia contrainsurgente y al crear grupos paramilitares, el Estado Mexicano provocó el desplazamiento de miles de personas que se vieron obligadas a vivir bajo condiciones inhumanas; les fue violado su derecho a la propiedad y posesión de la tierra y junto con éste, otros derechos que derivaban del cumplimiento de aquél, tales como el derecho a una vida digna, el derecho a la vivienda, el derecho al trabajo, el derecho a la alimentación, el derecho a la salud, el derecho a la educación  entre otros. Junto con estos desplazamientos también se dieron violaciones al derecho a la vida, a la integridad y seguridad personales, ya que las ejecuciones y desapariciones acontecidas en el estado de 1994 a 1999, no han sido esclarecidas.

 

Los gobiernos estatales y federales se han negado a reconocer las evidencias que señalan el origen de la masacre en acciones que se generan en un contexto de guerra de baja intensidad, esto ha permitido que la defensa de los inculpados quiera confundir a la opinión pública sobre los verdaderos motivos de la masacre, señalando que se trata de un problema religioso, recurriendo para ello a lagunas legales como parte de su estrategia de protección a los culpables, ya que mientras no existan reformas legales que integren un tipo penal especifico sobre grupos paramilitares, se seguirá utilizando términos como el de “grupos civiles armados”, consiguiendo con ello minimizar el carácter contrainsurgente de éstas organizaciones.

 

A partir de aquel 22 de diciembre se inició un largo peregrinaje en búsqueda de la Justicia por parte de las víctimas y ofendidos de la masacre, dentro del sistema de procuración y administración de justicia mexicano, que a la fecha no ha concluido. Múltiples violaciones a los derechos humanos de las víctimas y ofendidos han sido cometidas por el Estado Mexicano; la dilación en la impartición de la Justicia y la Denegación de la misma, es evidente.

 

La masacre de Acteal constituyó un acto en el que fueron violados de manera brutal los derechos a la vida y a la integridad física; asimismo los derechos de la mujer, de los niños, de protección a la familia tales como la maternidad y la paternidad, entre otros.

 

El derecho a la justicia, después de ocurrida la masacre ha sido también violado: el conocimiento de la verdad sigue pendiente; los autores intelectuales no han sido investigados; los juicios no se han realizado con prontitud y eficiencia; el derecho a la reparación del daño ha sido negado y el Estado Mexicano no ha dado garantías para que hechos como la Masacre de Acteal no vuelvan a suceder.

 

La desaparición de la Fiscalía Especial para la atención de los delitos cometidos en el estado de Chiapas, así como de la Unidad Especializada para la atención de delitos cometidos por probables grupos civiles armados, demuestran la intención de la autoridad de minimizar los hechos y la poca importancia que a la fecha dan al asunto.

 

El municipio de Chenalhó tiene la mayor presencia militar por población en el país después del Distrito Federal y a pesar de esto, el tráfico de armas y municiones, las amenazas y hostigamientos continúan, así como la presencia de paramilitares.

 

La impunidad y la injusticia no sólo permanecen para las víctimas de Acteal, sino también para las miles de personas desplazadas que aún hoy viven en condiciones infrahumanas; los Principios Rectores sobre el Desplazamiento Interno de la Organización de las Naciones Unidas, así como las recomendaciones emitidas al Estado Mexicano por parte del  Representante del Secretario General de las Naciones Unidas sobre los desplazados internos, aún no han sido cumplidos ni siquiera en el caso de las familias retornadas, dado que los riesgos de violencia en las comunidades y de reactivación de los grupos paramilitares, siguen vigentes.

 

El Estado mexicano ha firmado y ratificado la Convención Americana sobre Derechos Humanos, principal instrumento del Sistema Interamericano, y como parte de este tratado tiene la obligación de garantizar que se respeten entre otros, el derecho a la vida, el derecho a la justicia y el derecho a la verdad de todos sus habitantes. En este sentido, la protección del derecho a la vida de las personas exige por parte de los órganos estatales una investigación seria, completa, eficiente e imparcial de este crimen de lesa humanidad como fue la masacre de Acteal, para de esta manera garantizar el pleno respeto a los derechos humanos de las víctimas y sus familiares.

 

El curso que tomó la investigación de este crimen de lesa humanidad, así como sus consecuencias, deberían servir como un llamado de atención a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de México, ya que ponen en evidencia deficiencias estructurales del aparato estatal que afectan de manera directa el fortalecimiento del Estado de derecho y la democracia. En este sentido, vale recordar lo dicho reiteradamente por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en sus sentencias con respecto a que una situación de impunidad "propicia la repetición crónica de violaciones de los derechos humanos."

 

Mientras no se garantice una efectiva protección a los derechos elementales de la población más vulnerable, la verdad y la Justicia seguirán siendo  una utopía.

 

El Estado mexicano debería admitir responsabilidades por las serias irregularidades cometidas durante los meses que antecedieron a la masacre de Acteal, durante la investigación así como en el procedimiento judicial, por esto solicitamos implementar medidas que garanticen reformas institucionales tendientes a terminar con años de impunidad tanto en éste como en muchos otros casos.

 

A los Gobiernos Federal y Estatal exigimos realizar una investigación que cumpla con los estándares internacionales reconocidos en el sistema interamericano de protección de los derechos humanos, y que evite asimismo la impunidad de semejante hechos y finque responsabilidad a los autores intelectuales de la Masacre en los niveles Local y Federal, hasta llegar al esclarecimiento de la verdad.

 

Esto implica investigar penalmente a quienes se desempeñaban en 1997 como  funcionarios de alto nivel y a los autores intelectuales de este crimen de lesa humanidad: Secretario de Gobernación, Lic. Emilio Chuayffet, Procurador General de la República, Jorge Madrazo Cuellar; Lic. Julio César Ruiz Ferro Gobernador del estado de Chiapas, Doctor Marco Antonio Besares Escobar, Procurador General de Justicia del Estado de Chiapas; Secretario de Gobierno del estado de Chiapas, Lic. Homero Tovilla Crisitiani y el Subsecretario de Gobierno del estado de Chiapas, Lic. Uriel Jarquín, y al Ejército Federal Mexicano por la formación y tolerancia de los grupos paramilitares.

 

Exigimos a las autoridades encargadas de procurar e impartir justicia, se apeguen a los principios fundamentales del derecho a la verdad y juicio justo. Así mismo contemplar la reparación integral del daño a las víctimas de la masacre, viudas, huérfanos y sobrevivientes, y  las garantías de no repetición de este tipo de hechos.

 

A la Procuraduría General de la República, exigimos se ejecuten las órdenes de aprehensión pendientes en contra de civiles y funcionarios públicos implicados en la Masacre en Acteal.

 

Al Gobierno Federal y Estatal urgimos el desarme y desarticulación de los grupos paramilitares en Chiapas, para que hechos como los ocurridos el 22 de diciembre de 1997 no se repitan.

 

Al Congreso de la Unión solicitamos se tipifiquen en el Código Penal Federal los delitos de masacre y paramilitarización para evitar que estos permanezcan en la impunidad.

 

Envíar sus comunicaciones a:

 

Presidente Vicente Fox Quesada,
Residencia Oficial de Los Pinos,
Colonia San Miguel Chapultepec, Ciudad de México
Fax: ( 01.55) 55 22 94 13
E-mail : radio@presidencia.gob.mx  
             webadmon@presidencia.gob.mx

 

Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ministro Presidente Mariano Azuela Güitrón
Conmutador: (01) 51301100 Ext1. 1303 / 1304 / Ext2. 6050 / 6021
Pino Suárez No. 2 Col. Centro
México, 06065, D.F.
México

 

Procuraduría General de la República:

   Gral. Rafael Macedo de la Concha,

   Reforma Norte esquina Violeta 75. Colonia Guerrero CP. 06300. México DF.

   Tel: ( 01.55) 53 46 20 03  y  53 46 20 03 Fax: (525) 3 46 09 06

 

Lic. Diego Fernández de Cevallos
Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República                                 
Xicoténcatl 9, mezanine, Col. Centro
06018, México, D.F.
Tel: 5345 3000 ext. 3035/3432/9432/3038   Fax: 5345 3000 ext. 3527

      e-mail: dfernandez@pan.senado.gob.mx

                  dfernandez@senado.gob.mx

 

Lic. Manlio Fabio Beltrones
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados                                   
Av. Congreso de la Unión s/n
Palacio Legislativo de San Lázaro
Edificio "A", Planta principal. Col El Parque,
15690, México, D.F.
Tel: 56.28.14.64, 56.28.13.39, 56.28.13.00 ext. 3000
Fax: 55.22.80.12, 55.22.81.11, 55.42.74.31 55.23.83.03, 55.22.24.86

      e-mail: manlio.beltrones@congreso.gob.mx

 

Lic. Pablo Salazar Mendiguchía
Gobernador Constitucional de Chiapas
Palacio de gobierno, 1er Piso, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
Conmutador 61 2-90-47, 61 2-90-48,61 2-10-93, 61 2-33-52 y 61 2-05-28
Correo electrónico: secpart@prodigy.net.mx

 

Lic. Mariano Herrán Salvatti
Procurador General De Justicia
Libramiento Norte Oriente s/n, 3er. Nivel
Infonavit "El Rosario" Tuxtla Gutiérrez, Chiapas CP 30064
Conmutador 61 6-53-59, 61 6-53-65, 61 6-53-74, 61 6-53-73 Ext 300 – 303.

 

Lic. Iván Benigno Larios Velásquez                                                                            Juez Primero de Distrito del Vigésimo Circuito Judicial

      Bulevar Angel Albino Corzo 2641

      Colonia Las Palmas Edificio A Planta Baja.

      Palacio de Justicia

      Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

      Teléfono: (961) 6043617 (Pedir tono de fax)

 

Lic. Benjamín Soto Sánchez                                                                                       Juez Segundo de Distrito del Vigésimo Circuito Judicial

      Bulevar Angel Albino Corzo 2641

      Colonia Las Palmas Edificio A Planta Baja.

      Palacio de Justicia

      Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

      Teléfono: (961) 6043617 (Pedir tono de fax)

 

Lic. Isabel Álvarez Ramos                                                                                                 Juez de lo Penal San Cristóbal de las Casas, Chiapas

             Carretera San Cristóbal – Ocosingo Km. 20 Junto al Cereso No.5

             Fax (967) 6743022

             Teléfono: (967) 674321

             San Cristóbal de Las Casas Chiapas

 

Por favor envíe copias de sus cartas a:

Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas

Brasil 14 Barrio de Mexicanos, CP 29240,

San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México

Teléfonos: (967) 6787395 – 6787396 – 6783548  Fax (967) 678 3551

E-mail: noalaimpunidad@frayba.org.mx

medios@frayba.org.mx

www.frayba.org.mx

 



[1] El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé, ha definido la masacre como "la ocurrencia de varias privaciones arbitrarias de la vida perpetradas en contra de varias personas, por lo general indefensas, realizada en un mismo lugar y en un mismo momento, producida por ataque armado o cualquier otro medio. Cfr. Glosario elaborado por el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas A.C..

[2] Convención Americana sobre Derechos Humanos artículo 8.1.

[3] Convención Americana sobre Derechos Humanos artículo 25.1.

[4] Acta Administrativa Número IA01/013/04-05 iniciada en la Subprocuraduría de Justicia Indígena en San Cristóbal de las Casas.

[5] Averiguación Previa 597/II/97 en Expediente Penal 361/99. Juzgado del Ramo Penal de San Cristóbal de Las Casas.

[6] Procuraduría General de la República. Libro Blanco sobre Acteal, Chiapas, México, noviembre de 1998, pág. 104.

[7] Caso Blake, Sentencia de reparaciones. Sentencia de 22 de Enero de 1999, párr. 33.

[8] Delito previsto y sancionado en el artículo 164 del Código Penal Federal y la Ley contra la Delincuencia Organizada, artículo 2 incisos a) al e) fracción II.

[9] Este Centro registró los datos de los procesados en los que se indica la confesión religiosa a la que pertenecen, y constatamos que no todos son presbiterianos como lo han señalado sus defensores.

[10] Milenio Semanal del 04 de mayo de 2003.

[11] Boletín Número 424/03 emitido por la SEGOB con fecha 23 de diciembre de 2003.

Formato per la citazione:
Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, "Contra el Olvido, la Memoria", terrelibere.org, 22 gennaio 2005, http://www.terrelibere.it/doc/contra-el-olvido-la-memoria